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El flamante plan permite regularizar deudas tributarias vencidas de todos los contribuyentes, con una tasa menor a las de planes previos y un plazo mayor para cancelarlos.

También incluyen las deudas de IVA, Ganancias y Bienes Personales vencidas al 31 de enero, incluidas las retenciones y percepciones impositivas.

El nuevo plan permitirá regularizarse hasta en 60 cuotas. Los anteriores llegaban solo a 48 cuotas mensuales y consecutivas (4 años).

La tasa de interés tope para las PYMES será del 2,5% mensual, menor que la de los planes previos y muy por debajo de las tasas del mercado.

El resto de los contribuyentes también podrá acceder a una tasa del 2,5% mensual si realizan un pago inicial del 20% de su deuda (anticipo).

La primera cuota recién vencerá el 16 de septiembre de este año. Podrán presentarse todos los planes que se deseen, sin límites.

Menores retenciones para PYMES exportadoras

En paralelo, se establece que sufrirán menos retenciones las PYMES exportadoras. Puntualmente, se eliminan los derechos de exportación (retenciones) para todas aquellas empresas que exporten por encima de su promedio de exportaciones del año pasado. La medida solo es aplicable para exportadores de menos de 50 millones de dólares por año.

Además, los bancos no les van a cobrar más comisión (hoy, de entre 1% y 2%) a las PYMES por recibirles el efectivo. Esta situación no estaba regulada por el BCRA, que ahora fijará la regulación y prohibirá la comisión

Más precisiones

El plan de facilidades de pago para deudas impositivas y de la Seguridad Social vencidas al 31 de enero de 2019, que además permitirá la refinanciación de las deudas incluidas en el plan Puente II.

El nuevo plan de facilidades otorga la posibilidad de refinanciar períodos impagos vinculados a obligaciones impositivas y previsionales, e incluye retenciones y percepciones impositivas.

Entre los beneficios de la iniciativa se destacan una tasa máxima del 2,5% mensual y un pago a cuenta de solo el 1% de la deuda para las PYMES, monotributistas y autónomos. La tasa máxima del 2,5% mensual también regirá para el resto de los contribuyentes que realice un pago inicial a cuenta del 20% de su deuda; en tanto, aquellos que opten por un pago a cuenta del 5 o del 10 por ciento no gozarán de este beneficio.

La primera cuota del plan de facilidades vencerá el próximo 16 de septiembre de 2019, cualquiera sea la fecha de ingreso al plan.

El nuevo plan tendrá una cantidad máxima de 60 cuotas, mientras que el monto mínimo del pago a cuenta y de la cuota mensual será de $ 1.000.

Esta cantidad de cuotas regirá tanto para las PYMES como para el resto de los contribuyentes que realicen el pago a cuenta del 20%; en cambio, las cuotas serán de hasta 36 para aquellos que aporten un pago a cuenta del 5% y de hasta 48 para quienes opten por el 10 por ciento.

Para las cuotas se tomará como base la tasa de interés TM20 (que resulta de un promedio del interés que pagan los bancos por los depósitos a plazo fijo superiores a los $ 20 millones), con un cálculo que se determinará cada tres meses, en base a su valor vigente el día 20 del mes anterior a cada trimestre. Como ejemplo, cabe mencionar que la tasa del trimestre octubre-diciembre de este año se fijará con el valor del 20 de septiembre.

Los contribuyentes podrán ingresar al plan entre el 15 de mayo y el 31 de agosto de este año, excepto aquellos que opten por el pago a cuenta del 20%; en este caso, el plan solo estará disponible hasta el 25 de junio próximo.

Este régimen admitirá también, a partir del 1 de junio, la refinanciación de las deudas incluidas del plan Puente II, vencido el 31 de enero último, con un pago inicial a cuenta y considerando el saldo adeudado.

Publicado el miércoles 24 de abril de 2019

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