Informan sobre la documentación necesaria para circular en motos y autos
La Dirección de Tránsito y Transporte comunicó a todas las dependencias municipales y establecimientos comerciales, tales como hipermercados, que colaboren en la difusión del decreto de Seguridad Vial que establece la documentación necesaria para circular en motos y autos. Detalles. Su opinión.
– La documentación habilitante para la circulación de motos y automotores consiste en licencia de conducir, cédula verde, último recibo de pago del seguro, V.T.V, patente, y casco y antiparras (colocadas).
También, en el marco de la campaña “Sin casco no hay nafta”, se entregó a las estaciones de servicio una copia que informa sobre el decreto que el gobernador Daniel Scioli firmó junto al presidente de la Federación de Combustibles de la provincia de Buenos Aires, promoviendo las medidas de seguridad para los conductores y acompañantes de motocicletas, triciclos y cuatriciclos, que deberán llevar colocados el casco y antiparras para poder efectuar la carga de combustible.
Por último, se informa que se sancionará a quienes estacionen motocicletas en las aceras.
Dirección de Prensa Municipal.