El concejal Vanín intimó al Departamento Ejecutivo
El Concejal Luis Vanín, intimó al Departamento Ejecutivo Municipal a dar cumplimiento a una ordenanza aprobada ya hace varios meses, en la cual se plantea el cambio de mano de algunas calles del Barrio San Bernardo. Sin embargo, pese a que la norma se encuentra en vigencia, el Municipio no sólo no llevó a la práctica la misma, sino que además ni siquiera se comunicó con la Comisión de Transporte que conforman varios concejales en el cuerpo deliberativo, ni con el autor de la misma. Fue en la sesión ordinario de hoy jueves. El concejal dijo “Les tiramos centros en forma permanente y nos devuelven ladrillos”durísimo.
Del mismo modo, Vanín se refirió a otras normas, en este caso comunicaciones, que nunca fueron contestadas oficialmente por el Municipio.
VISTOS Y CONSIDERANDOS
Vistos
El Expediente O/C/13/2010 referido al cambio de sentido de circulación de algunas calles
del Barrio San Bernardo y;
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza 5827/2010 a la que hace referencia el Visto, fue aprobada por este
Cuerpo el pasado 26 de agosto del presente año;
Que a la fecha no se tiene notificación alguna de que hubiere sido derogada por el
Departamento Ejecutivo, por consiguiente debería estar debidamente convalidada;
Que claramente la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo Nº 24 establece,
que la sanción de Ordenanzas es entre otras, exclusiva atribución del Concejo Deliberante, por lo
tanto no debe existir duda alguna sobre la aplicación de la misma a partir de su promulgación por
parte del Departamento Ejecutivo;
Que esta norma generó expectativas para gran cantidad de vecinos del mencionado Barrio,
los que una vez más deben verlas frustradas con el agravante de no conocer las razones por las
que no se cumple con la misma;
Que como se desprende de lo detallado, este Cuerpo ha dado una vez más, muestras de su
comprensión y acompañamiento para con el Departamento Ejecutivo respecto a sus ineludibles
obligaciones, como en este caso, esperando el tiempo más que prudencial para la aplicación de la
mencionada norma;
Que lamentablemente es este caso uno más que categóricamente muestra la poca
consideración que tiene el Departamento Ejecutivo por la tarea del Concejo Deliberante, lo que
nos obliga nuevamente a expresar: “Les tiramos centros en forma permanente y nos devuelven
ladrillos”;
POR ELLO
El Concejal abajo firmante, integrante del Bloque Peronista pone a consideración del
Concejo Deliberante el siguiente proyecto de:
RESOLUCION
Artículo 1º.- El Concejo Deliberante de Luján resuelve intimar al Departamento Ejecutivo para
—————–que cumpla en forma inmediata con la puesta en ejecución de la Ordenanza
5827/2010, que forma parte de la presente, la que regula y/o modifica el sentido de circulación de
algunas calles del Barrio San Bernardo, lo que redundará en un ordenamiento de tránsito, el que
en principio otorgaría mayor seguridad a quienes habitualmente circulan por dichas arterias,
fundamentalmente para quienes brindan el servicio de Transporte Público de Pasajeros.————
Artículo 2º.- El Concejo Deliberante de Luján recuerda al Departamento Ejecutivo que dicha
—————–Ordenanza contempla plazos de adaptación y/o prueba, por lo tanto los mismos
deberán ser cumplidos a partir de la efectiva puesta en ejecución, fecha que será notificada a este
Cuerpo, con al menos cinco (5) días hábiles de antelación.———————————————–
Artículo 3º.- El Concejo Deliberante de Luján se reserva la aplicación de las sanciones que
—————–correspondan en caso de una nueva falta de cumplimiento por parte del
Departamento Ejecutivo.—————————————————————————————
Articulo 4º.- De forma.—————————————————————————————–