Disponen la emergencia hídrica en el partido de Luján

Publicado: 29 de diciembre de 2009

El río Luján, más caudaloso de lo habitual, en una toma a la altura del Club Náutico El Timóm

El intendente interino Hernán Mosca firmó en el  día de hoy el decreto Nº1685 por medio del cual se dispone la emergencia hídrica en el partido de Luján ante la eventualidad de inundaciones.

El decreto tiene una vigencia  de 264 horas, a partir de la cero hora de hoy 29 de diciembre de 2009, prorrogable «hasta superado el alerta imperante”.

El texto del decreto

VISTO: El expediente 4069-08724/2009; en atención al temporal que azotó la región noroeste de la Provincia de Buenos Aires en las zonas de influencia de la cuenca del Río Luján, y teniendo en cuenta las consecuencias derivadas del mismo, y;

CONSIDERANDO:

Que, las características extraordinarias del hecho y las graves consecuencias devenidas sobre parte de la ciudadanía demanda de éste Departamento Ejecutivo, conforme sus facultades reglamentarias y potestades públicas, la adopción de medidas urgentes, razonables y proporcionales a la circunstancia de crisis;

Que, ante una situación de crisis, es imprescindible que el Municipio, en el marco de sus facultades, arbitre todos los medios necesarios tendientes a beneficiar y proteger los intereses socioeconómicos de nuestra comunidad;

Que, es deber del Municipio velar por la Seguridad Pública;

Que, se impone atender las necesidades derivadas de los daños ocasionados por fenómenos meteorológicos extraordinarios que pudieren ser consecuencia de inundaciones y anegamientos en distintas zonas del partido;

Que resulta imprescindible disponer de fondos suficientes para enfrentar la grave emergencia, que afectó en forma directa a muchas familias;

Que, en concordancia con lo precitado, el artículo 108 inc. 16º de la L.O.M. faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar medidas preventivas en salvaguarda de los derechos a la vida y a la salud de la población en su conjunto. Asimismo el artículo 119 del mismo ordenamiento, en su inc. b), faculta al Departamento Ejecutivo a adoptar medidas de extrema urgencia en materia de compras y gastos para paliar situaciones de ésta índole;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

Artículo 1º.- Declárase, ad referendum de la pertinente convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante, el estado de emergencia hídrica en todo el Partido de Luján, ante posibles inundaciones y por el plazo de 264 horas, a partir de la cero hora del día 29 de diciembre de 2009, prorrogable hasta superado el alerta imperante.——

Artículo 2º.- Regístrese, tomen conocimiento y dese amplia publicidad en los medios locales, notifíquese, publíquese y archívese.———————————————————————

D E C R E T O Nº1685.-