Los Concejales piden que la Junta Electoral respete la «Ley de Paridad»
Tras una larga sesión ordinaria el pasado lunes 4 de septiembre, la Concejal de Peronismo Para la Victoria presentó un proyecto de Resolución en relación a la «Ley de Paridad» de la provincia de Buenos Aires.
La concejal, Vanina Pascualín, expresó «queda demostrado que es necesario que haya una Ley que lo regule porque no están garantizadas las condiciones. Sabemos que las mujeres que participamos políticamente en la actividad social, las que militamos, las que luchamos para ofrecerle a la gente una mejor calidad de vida, no somos pocas, somos muchas y la mayoría son desconocidas y lamentablemente ya hace varios años que se necesita una Ley para garantizar el acceso a las mujeres a los espacios de discusión y a los espacios de poder», afirmó.
Asimismo, agregó «solicitarle a la Junta Electoral algún tipo de coherencia en el dictado de resoluciones, además de que las resoluciones de la Junta Electoral no pueden estar nunca sobre una Ley». La Resolución va dirigida a la Gobernadora María Eugenia Vidal a fin de solicitar la reglamentación de la Ley N° 14.848.
Proyecto de Resolución:
Que mediante esta Resolución la junta Electoral deja sin aplicación para las próximas elecciones
del 22 de octubre del 2017, la Ley N° 14.848 que modifica el Art. 32 de Cupo Femenino N° 5.109.
Que en la Ley N° 14.848 de Paridad Electoral se plantea la composición de las listas con un 50% del sexo femenino y un 50% del sexo masculino, es aplicable a la totalidad de la lista, por alternancia y secuencialidad de sexos por binomios; aprobada a los 4 días del mes de octubre del 2016 y fue condición y requisito para la conformación de las listas a presentarse y oficializarse para participar de las P.A.S.O del 13 de agosto del corriente.
Que ante diversas situaciones la junta Electoral ha resuelto a favor de la NO Discriminación pero no toma dicho principio en este caso, cuando al dejar sin efecto la aplicación de Equidad de Género claramente se está beneficiando a alguno de ellos.
Que la Ley N° 14.086 fue modificada y se encuentra el texto actualizado en su
Art. 11: “Equidad de género. En la aplicación de la presente Ley deberá respetarse la paridad para candidaturas femeninas y masculinas establecida en el artículo 32 de la Ley N° 5109”.
Que, según Resolución N° 21 de la Junta Electoral, del 29 de junio del corriente, las listas deben cumplir con la equidad de género recientemente establecida por Ley N°14.848. Dicha norma introduce modificaciones al Art. 11° de la Ley N° 14.086, mandando cumplir con lo prescrito en el Art. 32° de la
Ley N° 5.109. A su vez, éste artículo establece que se deberá respetar para los cargos de cuerpos colegiados en todas las categorías, una equivalencia del 50% del sexo femenino y otro 50% del sexo masculino. Éste porcentaje será aplicable a la totalidad de la lista, la que deberá cumplir con el mecanismo de alternancia y secuencialidad entre sexos por binomios (mujer-hombre u hombre-mujer).
Que la Constitución Nacional establece que para que un Proyecto de Ley entre en vigencia, debe ser aprobado por el Congreso. Una vez sancionada la propuesta es enviada al Poder Ejecutivo, que tendrá 10 días hábiles para verificar la Ley. Allí tiene tres caminos: Promulgarla, vetarla, o hacer un veto parcial que elimine algunos de los Artículos sin afectar el espíritu de la Ley. Si en 10 días no se toma decisión alguna, la Constitución entiende que la Ley queda puesta en funcionamiento. No obstante, los gobiernos tienen una forma más de sortear la Ley: Evitando su reglamentación. El Congreso, a través de sus decisiones, manifiesta una serie de objetivos que el país debe seguir, sin embargo, será el Poder Ejecutivo quien deba llevar a cabo la misión que el Parlamento le ordenó por Ley.
Lo instrumentará a través de la reglamentación, la cual es una decisión gubernamental.
Que desde el 4 de abril del 2017 se encuentra publicado el Calendario Electoral en el cual tiene como plazo final de cierre de listas de candidatos al 2 de septiembre del corriente, por lo tanto, la Junta Electoral debería haber planteado su posición en cuanto a la Ley de Paridad antes de las PASO y no un día antes del cierre de listas, ya que no resulta oportuno y genuino cambiar las reglas una vez comenzado el proceso electoral.