Concejales Peronistas también exigen que se vete la Ordenanza 6923/17
Los concejales del Interbloque, Facundo Romero, Erica Pereyra, Silvio Martini y Vanina Pascualín presentaron formalmente que se vete la ordenanza aprobada en la sesión del 6 de noviembre, que permite la instalación de la Central Termoeléctrica.
Pedido:
El Decreto-Ley 6769/58 de la Ley Orgánica de las Municipalidades; las Ordenanzas Municipales N° 6224/13 y 6923/17; y el Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/13, y:
Considerando,
Que Artículo 107° de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que la administración general y la ejecución de las ordenanzas corresponde exclusivamente al Departamento Ejecutivo;
Que en el Inciso 2° del Artículo 108 de la mencionada Ley se establece la atribución y el deber del Departamento Ejecutivo de promulgar o vetar las Ordenanzas dentro de los diez (10) días hábiles;
Que de igual manera, en el Inciso 5° se constituye la atribución y el deber del Departamento Ejecutivo de adoptar medidas preventivas para evitar incumplimientos a las ordenanzas de orden público, quedando facultado para clausurar establecimientos;
Que la Ordenanza N° 6224/2013 establece la prohibición en todo el Partido de Luján de la instalación de industrias de tercera categoría;
Que mediante el Decreto N° 779/13, la Ordenanza mencionada fue promulgada con su firma, ratificando formalmente la obligación de su cumplimiento;
Que esa prohibición fue producto de un consenso democrático de todas las fuerzas políticas, estableciendo una política de Estado que forma parte de la estrategia central de nuestro Partido, y son políticas que no varían a pesar del color político-ideológico de cada gobierno;
Que con fecha 6 del corriente se aprobó la Ordenanza N° 6923 a favor de la instalación de una industria de tercera categoría en en Partido de Luján;
Que la Ordenanza anterior tramita en el Expediente Municipal N° A-5128/2017, y a la fecha se encuentra en la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos aguardando su notificación;
Por esto,
Los concejales abajo firmantes solicitamos a Ud. que vete la Ordenanza N° 6923/17 antes de los diez (10) días hábiles desde su notificación, en función de cumplimentar lo dispuesto por la normativa vigente en el Partido de Luján.
Sin otro particular, saludamos atentamente.