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Antes de abordar aspectos referidos al proyecto de Ley de Regulación del Acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto es necesario destacar que por tratarse de un proyecto tendiente a establecer una política pública la convicción de Fe expresada en nuestra pertenencia a un culto o religión debiera quedar al margen.

No por considerar que las esferas públicas o privadas de quienes circunstancialmente ocupemos espacios de representación político-institucional no deban mantener coherencia sino porque en este caso nuestra actuación pública afecta a quienes como nosotros profesan una determinada religión pero también y por sobre todo quienes no profesan la misma y están afectados en Derechos que soportan un andamiaje jurídico e institucional en el que todas y todos somos iguales pero no tanto.

Cada vez que prevalecieron esas supuestas decisiones del ámbito privado y que condicionaron la actuación pública de dirigentes o representantes asistimos a los mayores actos de hipocresía que indefectiblemente salen a luz y se expresan en el accionar y las decisiones sobre la cosa pública.

Nuevos roles para nuevos tiempos

Por otra parte este proyecto de Ley se enmarca en una situación histórica que consolidó una estructura del Estado en el que las mujeres o los cuerpos gestantes, han cumplido un rol determinado por el Sistema Capitalista y que reservó tareas reproductivas y de cuidado de los hogares en tanto garantes de un modelo de producción hoy cada vez más financiarizado, a las mujeres y cuyo rol en las estructuras de poder real quedo a través de la violencia, relegado y demonizado.

Las mujeres desde tiempos inmemoriales ocuparon en la cultura “occidental y cristiana” lugares determinados, por ejemplo: La tentación, las brujas, las locas o viejas locas en el caso de Las Madres de Plaza de Mayo y más demonizadas aún si lo que ponían en discusión era el Status Quo de un Estado Patriarcal, Machista y Oligárquico.
Bataclana, Yegua, Prostituta, Puta han sido adjetivos admitidos y ampliamente difundidos a referentas políticas, culturales y deportivas que expresaron la voluntad y decisión de enfrentar el sistema de privilegios existente en diferentes épocas. Otra vez adjetivación de clara violencia sexual ejercida sobre los cuerpos de las mujeres pero con el indefectible lapsus en los que también en el insulto se asigna un rol en la sociedad.

La necesidad de avanzar en reformas institucionales que pongan piso a la posibilidad de igualdad está dada justamente en la afirmación por el contrario que persiste en gran parte de los espacios de decisión en la actualidad y que sólo ha sido puesta en discusión por los únicos espacios que han alzado la voz en los últimos tiempos: Los Feminismos que no son una expresión de imposición general de las minorías por sobre las mayorías como habitualmente quiere mostrárselas por parte de quienes hegemonizan el poder, sino que expresan ya no la exclusión del sistema sino la expulsión por mecanismos de mayor violencia que los factores económicos que supuestamente pueden ser repuestos o recompuestos con políticas de garantía de ingreso o transferencia de recursos.

Una ley y más derechos

Esta Ley tenderá a permitir (porque la ley sola no puede garantizarlo), que no sea la condición de mujer, pobre y no blanca una condena de muerte por prácticas fuera del sistema de salud.
En este sentido no hay en discusión una cuestión de géneros sino una discusión política sobre la interseccionalidad de los mismos donde no todas las mujeres son iguales ni todos los feminismos lo son. No todas las mujeres son iguales en el acceso a la salud sino que pesan sobre sí, no solo la condición de género sino aspectos de clase o de raza.

La visión más liberal hace hincapié en aspectos sobre la decisión individual en el ejercicio de la soberanía de los cuerpos, situación que en mi caso prefiero enmarcar en la necesidad colectiva de un acceso igualitario a Derechos y un desarrollo comunitario más justo y equitativo.

Al igual que los debates donde pesan aspectos religiosos nada en la ley impide el ejercicio libre de las convicciones de Fe y, al contrario de lo que sus detractores afirman, no aumentará la cantidad de abortos como tampoco la ley de Divorcio genero mayores divorcios sino que permitirá a quienes lo requieran que el Estado cuente con todas las herramientas legales y de recursos para que la práctica no constituya un delito, salvo los que ya estaban contemplados en el Código Penal que también sufrirá mejoras en el marco de esta ley en lo referido a las prácticas profesionales.

Un país más justo y sin dogmas

Otro aspecto relevante de la leyes que la objeción de conciencia podrá ser ejercida pero sin obstaculizar la actuación del sistema de salud en una ley que establece la obligatoriedad, por parte de todos los niveles que el sistema tiene a lo largo y ancho del territorio nacional, de brindar la asistencia necesaria.

Reafirma la responsabilidad de implementar la Ley N° 26.150 de Educación Sexual Integral, estableciendo políticas activas para la promoción y el fortalecimiento de la salud sexual y reproductiva de toda la población.
Será Ley y tendremos a partir de allí un país más justo, más igualitario y con mayor justicia social y un desafío extraordinario para que el libre ejercicio de nuestra convicción de Fe no se constituya en el dogma para la construcción de las Políticas Públicas pero sí posibilite un encuentro en la Diversidad que es como se conforman las grandes mayorías.

Nota: Las opiniones de este artículo son responsabilidad del autor

Publicado el sábado 12 de diciembre de 2020

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