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Los concejales Gabriel Jurina, Federico Guibaud, Silvia Scarzo, Nicolás Capelli, Silvio Martini y José Neto, presentaron varios proyectos, impulsados desde el bloque Frente Renovador, que apuntan a disminuir el impacto de los fuertes aumentos del servicio de energía que presta la Cooperativa Eléctrica de Luján.

Ordenanza:

Artículo 1°: Aplíquese una rebaja del 50% (cincuenta por ciento) en las tasas fijadas por Ordenanza n° 2.461 (Tasa Infraestructura) y Ordenanza n° 6.560 (Fondo Seguridad Ciudadana) que se cobran a través de las facturas del servicio de energía eléctrica que emite la Cooperativa Eléctrica de Luján.
Artículo 2°: Quedan exceptuados de lo establecido en el artículo 1° de la presente Ordenanza los usuarios del servicio de energía eléctrica categorizados como “Grandes Consumos” y quienes no abonen las mencionadas tasas a través de las facturas emitidas por la Cooperativa Eléctrica.
Artículo 3°: Los usuarios del servicio de energía eléctrica que acrediten la titularidad en más de un medidor abonarán las tasas municipales previstas en las Ordenanzas n° 2.461 y n° 6.560 únicamente en la factura que corresponda al medidor del domicilio particular declarado en la Cooperativa Eléctrica de Luján.
Artículo 4°: A partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo deberá reglamentar en un plazo menor de 10 (diez) días corridos las modificaciones establecidas en los Artículos 1°, 2° y 3°, y notificar a la Cooperativa Eléctrica de Luján para que proceda a su inmediata aplicación.

Resolución:

Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Luján resuelve dirigirse a la Sra. Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires a los fines de solicitarle que contemple la posibilidad de reducir los montos de los impuestos provinciales incluidos en las facturas de la energía eléctrica.

Comunicación:

Artículo 1°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal que gestione ante las autoridades del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) la quita y/o reducción de impuestos que se incluyen en las facturas del servicio de energía que presta la Cooperativa Eléctrica de Luján.

Artículo 2°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal que gestione ante las autoridades de la Cooperativa Eléctrica de Luján la rebaja de los aumentos que se aplican en concepto del servicio eléctrico que presta la misma.

Publicado el jueves 1 de febrero de 2018

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