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El rectorado de la Universidad Nacional de Luján emitió un comunicado en relación a las actividades presenciales previstas para los meses de febrero y marzo:

«Las expectativas de regreso a la presencialidad en la enseñanza para el ciclo lectivo de 2021, siguen dependiendo de la evolución de la pandemia.

La resoluciones aprobadas por el  Honorable Consejo Superior a fines de 2020  preveían  el regreso parcial  a la presencialidad para la finalización de actividades prácticas pendientes en distintas asignaturas y  a la toma de exámenes finales presenciales, en virtud de la evolución de la situación sanitaria de la región.

La normativa dictada durante el año 2020; resoluciones ministeriales, decretos y decisiones administrativas, preveían la reanudación de las actividades académicas presenciales en universidades e institutos universitarios con asiento en la provincia de Buenos Aires, previa autorización para el desarrollo de esas actividades y de aprobación de los protocolos correspondientes por parte de la jurisdicción.

La UNLu ha presentado los protocolos conforme la normativa mencionada ya que sus posibilidades de avanzar en el camino de la presencialidad en todas sus sedes, están sujetas a las decisiones que tome la provincia. A la fecha aún no se ha recibido la aprobación de la jurisdicción sanitaria correspondiente.

Internamente se ha trabajado para contar con las condiciones de infraestructura e higiene necesarias para retomar las actividades académicas presenciales cuando la situación epidemiológica lo permita, y la jurisdicción autorice y apruebe dichas actividades y los protocolos presentados.

En el contexto descripto, el Rectorado, con el acuerdo de los cuatro Departamentos Académicos ha tomado las siguientes decisiones:

– Se suspende la modalidad presencial de las mesas de exámenes del turno complementario 2020 previstas para los meses de Febrero y Marzo de 2021, hasta la aprobación efectiva por parte de las autoridades nacionales y/o provinciales correspondientes, de las actividades académicas y protocolos elaborados por la UNLu.

– Las mesas presenciales previstas para dicho turno pasarán a modalidad virtual, excepto. aquellas en las que por cuestiones de índole pedagógica, no sea posible adoptar esta modalidad, las fechas de sustanciación de los exámenes serán postergadas hasta que se den las condiciones mencionadas que permitan la presencialidad.

– Asimismo, y por el mismo período, se suspenden aquellas actividades académicas correspondientes a asignaturas del ciclo lectivo 2020 que se encuentren pendientes de finalización y que se hubieran previsto llevar a cabo de forma presencial durante los meses de Febrero y Marzo del presente año.

Normas que regulan las actividades académicas:

Resolución ME 1084/20: aprueba GUÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS PLANES DE RETORNO A ACTIVIDADES ACADÉMICAS PRESENCIALES.(14/8/ 2020)

Decisión administrativa 1995/2020: establece las condiciones para el retorno a las actividades académicas presenciales. (5/11/2020).

Decreto 1089/20 GPBA: Faculta al Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros a autorizar, previa conformidad del Ministerio de Educación de la Nación, la efectiva reanudación de las actividades académicas presenciales en universidades e institutos universitarios con asiento en la provincia de Buenos Aires; Designa al Ministerio de Salud como autoridad sanitaria responsable de suscribir los planes de retorno a actividades académicas presenciales junto con las autoridades universitarias y de aprobar los protocolos sanitarios. (1/12/2020)

Resolución MJGM de la Provincia de Buenos Aires N.º 3667/20:  se autoriza, previa conformidad del Ministerio de Educación de la Nación y con los alcances allí establecidos, la reanudación de las actividades académicas presenciales mencionadas en el Anexo Único de la presente, en las Universidades e Institutos Universitarios con asiento en la provincia de Buenos Aires, que cuenten con un protocolo sanitario y un Plan de Retorno a Actividades Académicas Presenciales aprobado por el Ministerio de Salud de la provincia. (13/12/2020)

Anexo RES3667/20 fija las actividades AUTORIZADAS mencionadas en la RES 3667/20, a saber:

1) Cursada presencial de materias prácticas para estudiantes de carreras de ciencias de la salud:

a) Si se realizan en universidades e institutos universitarios conforme el protocolo aprobado por el Ministerio de Salud de la provincia.

b) Si se realizan en Instituciones de salud deberán aplicarse los protocolos vigentes en cada una de ellas.

2) Mesas examinadoras presenciales de materias de carreras de ciencias de la salud cuya evaluación requiera una instancia de práctica:

a) Si se realizan en universidades e institutos universitarios conforme el protocolo aprobado por el Ministerio de Salud de la provincia.

b) Si se realizan en Instituciones de salud deberán aplicarse los protocolos vigentes en cada una de ellas.

3) Apertura de laboratorios de investigación, de ciencias experimentales y/o informáticos: conforme el protocolo aprobado por el Ministerio de Salud de la provincia.

4) Bibliotecas – solamente con habilitación de retiro de material de lectura (libros, revistas, etc.), conforme el protocolo aprobado por el Ministerio de Salud de la provincia.

5) Centros de copiado y fotocopiadoras alojados dentro de universidades e institutos universitarios, conforme el protocolo aprobado por el Ministerio de Salud de la provincia».

Publicado el jueves 4 de febrero de 2021

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