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Los concejales del Frente Renovador presentaron un proyecto de ordenanza en relación referido a la creación de un Centro de Atención Municipal. Luego de una intervención de distintos ediles el proyecto fue aprobado por unanimidad.

El proyecto considera:

Que, el artículo 42° de la Constitución Nacional reconoce los derechos de los consumidores y usuarios de bienes y servicios;
Que después de cierto horario se hace casi imposible acceder a través de canales telefónicos habituales a determinadas áreas del municipio, superponiéndose el horario de atención a los horarios laborales habituales, lo cual provoca en los contribuyentes dificultades para hacer reclamos, sugerencias o solicitudes;
Que el desarrollo actual de las comunicaciones exige la articulación de canales cada vez más dinámicos de diálogo y contacto entre el Estado y los contribuyentes;
Que en el ámbito de la administración pública –tanto nacional como provincial- existen organismos que ponen a disposición de los ciudadanos líneas gratuitas de atención telefónica;
Que es necesario generar un mecanismo de acceso telefónico de la modalidad 0800 que garantice la efectiva posibilidad a todos los vecinos de comunicarse con el municipio;
Que resulta necesario contar nuevamente con un área que canalice los reclamos de los vecinos para derivarlos de manera inmediata y organizada a las áreas de incumbencia, generando una base de datos que le permita a los vecinos realizar el seguimiento de lo peticionado.

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: Créase el “Centro de Atención Municipal” (en adelante CETAM) que será responsable de la recepción de los llamados que contengan reclamos, sugerencias y/o inquietudes por parte de los vecinos y/o cualquier particular que se comunique a dicho centro.

Artículo 2º: El CETAM deberá contar con un sistema de atención telefónica con capacidad y tecnología adecuada para su finalidad, una central con capacidad suficiente de internos y líneas externas, preatendedor y grabación digital. El mismo será implementado con la modalidad telefónica para llamadas entrantes del 0800, el cual le permitirá al vecino comunicarse de manera simple y efectiva con un operador municipal sin tener que erogar gasto alguno.

Artículo 3º: El servicio será atendido por un operador todos los días hábiles desde las 08.00 hs. hasta las 20.00 hs., y recibirá los llamados mediante grabación digital los días sábados, domingos y feriados durante las 24 horas y los días hábiles de 20:00 hs. a 8:00 hs.

Artículo 4º: La central telefónica contará con un sistema informático (base de datos) de registración, tipificación, gestión y seguimiento de reclamos, solicitudes, inquietudes y consultas que permita una rápida individualización ante la eventualidad de seguimientos de los mismos por parte de los vecinos y la compilación y estudio estadístico de las llamadas recibidas.

Artículo 5º: Al final del día, el sistema informático generará un extracto de llamadas que será luego remitido vía correo electrónico o en papel a cada dependencia municipal, en lo referente a reclamos, inquietudes y sugerencias recibidas a través de la central telefónica para el tratamiento puntual de cada área en particular y un eventual cotejo y estudio de los mismos.

Artículo 6º: A cada llamada entrante al sistema implementado a través del 0800 que se convierta eventualmente en un reclamo a la administración municipal, luego de ser cargada en un software o programa informático diseñado a tal efecto, se le asignará un número propio que permita luego, su rápida individualización y posterior seguimiento por parte de la administración municipal y/o por el vecino y/o turista interesado. Dicha base informática deberá resguardar el registro de esos reclamos y/o sugerencias por un plazo de veinticuatro (24) meses.

Artículo 7º: El CETAM dependerá jerárquicamente de la Subsecretaría de Comunicaciones o como se denomine en el futuro, quienes dispondrán las medidas funcionales y administrativas para su organización y administración.

Artículo 8º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a contratar ante las empresas proveedoras del servicio de telefonía pública una línea telefónica de la modalidad 0800 (servicio de llamadas gratuitas para quien la efectúe)para la implementación del CETAM creado por esta Ordenanza; y a realizar las distintas medidas de contratación que tengan que ver con la efectiva implementación del servicio mencionado (infraestructura telefónica: conmutador, teléfonos, voz sobre IP; la infraestructura de datos, computadoras, bases de datos, el distribuidor automático de llamadas entrantes, etc.).

Artículo 9º: El número que resulte disponible en la implementación de la modalidad 0800 será publicitado en los medios radiales, gráficos, televisivos y/o electrónicos, además de su impresión en las boletas de servicios generales, para facilitar el acceso al mismo por parte de los vecinos y/o turistas; no obstante ello, los distintos números actuales quedarán disponibles para acceder a ellos directamente, sin perjuicio de ingresar a esas áreas vía conmutador a través de la central telefónica.

Publicado el lunes 21 de mayo de 2018

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