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La pandemia desatada a nivel mundial desde hace ya más de un año está dejando efectos devastadores. La palabra sigue siendo “incertidumbre”, sobre todo porque no sabemos cuándo ni cómo terminará esta pesadilla y cuáles serán los efectos finales sobre las personas y los pueblos.

Dentro de esos efectos que habremos de ver nada será más duro que los números que corresponden a las personas fallecidas y a las infectadas. Cifras que no dejan de crecer.
El nuevo coronavirus SARS-CoV-2, responsable de la enfermedad COVID-19, avanza por todo el planeta sumando más de 3,1 millones de fallecidos y cerca de 148,8 millones personas infectadas. Así evoluciona el número de casos y muertes en el mundo.
En Argentina, el panorama es igualmente desalentador: al día de hoy más de 62.000 muertos y casi 3 millones de casos.

Las estadísticas que reflejan los efectos económicos de esta prolongada situación demuestran también la profundización de problemas que ya existían, con mayor recesión, inflación, pero ahora especialmente marcada por el cierre de empresas, comercios y la pérdida de miles de puestos de trabajo. Una vez más, las cifras no reflejan el impacto humano (que también tiene consecuencias físicas) que se propaga brutalmente en familias y comunidades. La pérdida del empleo es mucho más que un dato matemático y tiene implicancias enormes en la organización social, empezando por las familias.

A nivel mundial se calcula la pérdida de más de 80 millones de empleos, a lo que se suma la disminución de la cantidad de horas de trabajo y la consecuente reducción de los ingresos, lo que implica un escalón directo hacia el empobrecimiento de la población.

América Latina ha sido la región más afectada del planeta.

En Argentina, tomando datos del INDEC, se puede afirmar que durante el 2020 se perdieron más de 3 millones de puestos de trabajo o un 18% si se toma solo el empleo formal. El mayor impacto lo sufrieron los trabajadores no registrados o de la economía informal, cuentapropistas y monotributistas que no pudieron salir durante muchos meses a obtener con su trabajo su propio sustento. En estos casos la baja alcanzó casi al 30%, en comparación con el año anterior. El menor impacto se registró en el sector de la economía en blanco, donde los trabajadores asalariados tuvieron una baja del 3,3%. Los ocupados en el sector formal pasaron del 43% en el 2019 a 40,1% en el 2020.
A la tasa de desocupación se deben agregar las suspensiones y reducciones de jornadas, para completar el desolador panorama que nos rodea.

El personal doméstico perdió casi 600.000 lugares, la construcción 400.000 y el rubro de hoteles y restaurantes 304.000, sin contar otros rubros relacionados con esparcimiento y turismo.
Durante 2020 cerraron en todo el país 90.700 locales y 41.200 pymes, lo que generó que unos 185.300 trabajadores quedaran afectados, según una encuesta realizada por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).

En este contexto;¿Vamos a celebrar el Día de los Trabajadores?

De ahí la pregunta del título, pese a que no tengo dudas sobre la necesidad de que este día festivo exista como tal y que siempre será bueno recordar la gesta que le dio origen como todas las luchas que en tantos años ha dado el movimiento obrero a nivel mundial para la conquista de derechos y mejores condiciones de labor, así como la pelea que todos los días salen a dar trabajadoras y trabajadores que con su esfuerzo personal obtienen los ingresos (muchas veces insuficientes) para su sostenimiento personal y familiar.

De ahí deriva esa idea tan profunda sobre el valor humano y social del trabajo y el ámbito laboral, -junto con la familia y la escuela-, como los más importantes espacios de la sociabilidad y la construcción de vínculos, convivencia y valores compartidos. Podríamos ir mucho más allá sobre las enormes transformaciones que han sufrido estos espacios en los últimos años y especialmente a partir de este último con pandemia y aislamiento.
Claro que vale celebrar este día, en la medida en que ello también nos sirva para reflexionar sobre lo que ha significado a lo largo de la historia y en la actualidad.

Aquella jornada histórica, sus antecedentes y consecuencias

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 proclamó la igualdad de las personas en dignidad y en derechos. Esta proclama de libertad fue la principal inspiración para avanzar hacia el final de la esclavitud. Si bien la consagración fundamental de los derechos de las personas sobrevendría recién con la Declaración Universal de 1948 en el fin de la Segunda Guerra Mundial, trabajadores y trabajadoras de todo el mundo ya se habían organizado y la lucha por sus derechos traía muchas décadas.
Los niveles de explotación laboral, sobre todo relacionados con la falta de limitación a la jornada laboral, habían desatado movilizaciones y protestas en distintos lugares del mundo. Estados Unidos registraba la mayoría de los activistas en las calles y Chicago (como en otras oportunidades) mostró su rebeldía frente a la opresión. Y en reclamo de leyes y estatutos que protegieran sus derechos que eran vulnerados por el sector patronal frente a un estado indiferente.

El 1° de mayo de 1886 los trabajadores de la empresa McCormick -fabricante de maquinaria agrícola- comenzaron una huelga en reclamo de una jornada laboral de 8 horas. Luego de algunos días de protesta se desató una brutal represión contra los obreros, por lo que se convocó a una manifestación masiva en Haymarket Square, donde se reunieron alrededor de 20.000 personas para reclamar mejores condiciones laborales (reclamo que se extendió a todo el país en diferentes manifestaciones). Una persona que nunca fue identificada tiró una bomba incendiaria que provocó la muerte de 7 policías e hirió a más de 50. A partir de eso las fuerzas de seguridad comenzaron a reprimir con disparos, dejando 38 obreros muertos y más de 100 heridos.

La revuelta, con esos enormes costos humanos, fue efectiva para dar visibilidad al conflicto y abrir el debate necesario sobre los derechos de los trabajadores. El Congreso Obrero Socialista Internacional, celebrado en París el 1º de mayo de 1889, estableció que este día sea considerado el Día de los Trabajadores para recordar a los «Mártires de Chicago», fecha adoptada por varios países del mundo.

Siempre es necesario entender los contextos, los momentos y las enormes dificultades con que se encontraron los luchadores de esos tiempos, los riesgos asumidos y las vidas truncadas para abrir el camino hacia el reconocimiento de derechos que hoy vemos como naturales y que proclamamos como progresivos ya que constituyen una base por debajo de la cual nunca se podrá ir sino al contrario, los derechos laborales siempre están en la conquista de su ampliación como aspiración para un mundo más justo.

Vale ahora mencionar la creación y función de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), único órgano tripartito de las Naciones Unidas (compuesto por los representantes de trabajadores, empleadores y estados, “en la promoción del progreso social y económico” ) que comenzó a sesionar en 1919, adoptando seis Convenios Internacionales, que se referían a las horas de trabajo en la industria, desempleo, protección de la maternidad, trabajo nocturno de las mujeres, edad mínima y trabajo nocturno de los menores en la industria.

La OIT fue creada como parte del Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial, y reflejó la convicción de que la justicia social es esencial para alcanzar una paz universal y permanente. Había un reconocimiento a la importancia de la justicia social para el logro de la paz, en contraste con un pasado de explotación de los trabajadores en los países industrializados. Y también la consideración de la interdependencia económica del mundo y de la necesidad de cooperación para obtener igualdad en las condiciones de trabajo en los países que competían por mercados.
El Preámbulo de su Constitución, establece:
“Considerando que la paz universal y permanente sólo puede basarse en la justicia social;
Considerando que existen condiciones de trabajo que entrañan tal grado de injusticia, miseria y privaciones para gran número de seres humanos, que el descontento causado constituye una amenaza para la paz y armonía universales; y considerando que es urgente mejorar dichas condiciones;
Considerando que si cualquier nación no adoptare un régimen de trabajo realmente humano, esta omisión constituiría un obstáculo a los esfuerzos de otras naciones que deseen mejorar la suerte de los trabajadores en sus propios países.”

La República Argentina, además de ser un estado miembro de la OIT, cuenta con una trayectoria propia en materia del reconocimiento de los derechos de los trabajadores y en general en cuanto a la vigencia de los derechos humanos garantizados por el estado.

Nuestra Constitución Nacional de 1853 reconoce el derecho a trabajar y ejercer toda industria lícita en el artículo 14. Pero serían posteriores reformas de la carta magna las que elevaron aún más esa proclamación en derechos.
No es sobreabundante recordar íntegramente el artículo 14 bis:
“El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática reconocida por la simple inscripción en un registro especial.

Queda garantizado a los gremios: Concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.

El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.”
El texto nos enorgullece y nos ha puesto siempre a la vanguardia de los mayores estándares de protección. El artículo fue incorporado en la reforma constitucional de 1957 y se basó en normas del constitucionalismo social, refiriéndose tanto al derecho individual del trabajador, como al derecho colectivo que corresponde a las organizaciones gremiales y a la seguridad social.

Reservo el análisis exhaustivo de los contenidos de la norma que, bien se pueden apreciar en su valor social e institucional y la clara visión humanista que los inspiró. Pero no hay duda que la incorporación de este artículo constituye un hito fundamental en la consagración del llamado principio protectorio del derecho del trabajo.
De igual modo voy a mencionar la importancia que ha tenido la reforma constitucional de 1994 con la incorporación y jerarquización de los tratados internacionales de derechos humanos que brindan una tutela supranacional e integral.
El reconocimiento de estos derechos, su consagración legislativa que implica la obligación de respeto y vigencia irrestricta, no nos pueden impedir mencionar cuánto y en qué medida a lo largo de tanto años, esos mismos derechos se han visto vulnerados, degradados y puestos en crisis. Las múltiples reformas llevadas a cabo (en Argentina como en el mundo) a través de normas “flexibilizadoras” de aquellos principios fundamentales han implicado una severa precarización de las relaciones laborales.

A ello también han contribuido el debilitamiento de las capacidades estatales, el achicamiento de los presupuestos, el afán de lucro y enriquecimiento de sectores privados, las complicidades de organizaciones sindicales que abandonaron sus roles propios en la defensa de sus representados para anteponer otros intereses. En fin, una serie de causales y situaciones, sin perder de vista la falta de transparencia en el manejo de recursos, la corrupción pública y privada y los avances de un capitalismo deshumanizado, ponen en evidencia la enorme brecha existente entre el derecho proclamado y su ejercicio efectivo.

Deberíamos hablar también de los extraordinarios avances de la tecnología y las disrupciones que provoca en el mundo del trabajo. Deberíamos acompañar un debate global sobre el futuro del trabajo y los cambios que se deben dar desde la educación. Deberíamos llamar la atención sobre el debate de la política y la falta de centralidad que, frente a cuestiones electorales o macro, tienen estas problemáticas con las que nos enfrenta nuestra vida cotidiana. Quedará para otra oportunidad.

Estamos frente a este nuevo 1° de mayo en un tiempo presente confuso y con futuro incierto. Pero hoy, como se hace en casi todo el mundo desde 1889, hay razones para celebrar: por cada una de las personas que cada día asumen su tarea, como asalariados o independientes, como empleados o emprendedores, hasta los que circunstancialmente están desocupados, mujeres, hombres, jóvenes y adultos. El esfuerzo, la vocación, la convicción, los sueños y, sobre todo, los derechos de cada cual son, una vez más, un buen motivo para celebrar. Y que la celebración sea, al mismo tiempo, un compromiso.

Nota: Las opiniones de este artículo, son responsabilidad de la autora.

Publicado el viernes 30 de abril de 2021

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